
Con el objetivo de capacitar a las madres de las Organizaciones Sociales de Base (OSB) del distrito de Chocope, respecto a la legalidad de sus actividades y regularización de su vida institucional, la Municipalidad Distrital de Chocope en coordinación con los Registros Públicos de La Libertad, dieron inició al Programa de Capacitación de OSB 2008.
La importancia de la constitución y adecuación de las organizaciones sociales de base (OSB), y posterior inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) Sede Trujillo, fue resaltada por el doctor Telmo Zavaleta Gonzáles, encargado de la Oficina Receptora Chocope. Asimismo, se informó los requisitos y procedimientos para su inscripción, así como los beneficios de registrar y los riesgos de no hacerlo. De igual manera, las madres asistentes recibieron material informativo especializado, y un modelo de Estatuto como referencia para los documentos que deba presentar.
Zavaleta Gonzalez explicó que Registros Públicos ha uniformizado los criterios registrales para facilitar las inscripciones de OSB de primer, segundo o mayor nivel en el Registro de Personas Jurídicas.
"Los Comedores Populares Autogestionarios, Clubes de Madres, Comités de Vaso de Leche, Cocinas Familiares y Centros maternos infantiles, entre otros, pueden inscribirse los Registros Públicos, con el solo mérito de la Resolución Municipal que autoriza su registro administrativo" precisó.
Señaló además, que la OSB que deseen inscribirse en los Registros Públicos y no se encuentren inscritas en su respectiva municipalidad, deberán presentar el parte notarial de la escritura pública en la que se inserte copia certificada por Notario del acta de asamblea general de constitución, la aprobación del estatuto que incluya el texto completo del mismo, y la elección del primer consejo directivo.
En el caso de las OSB que ya se encuentren inscritas en la municipalidad, presentaran copia autenticada de la Resolución municipal que autoriza su registro; copia autenticada por fedatario de la Oficina Registral respectiva o certificada por Notario del acta de asamblea general de constitución, así como declaración jurada con firma legalizada notarialmente o certificada ante fedatario de la Oficina Registral respectiva del Presidente del Consejo Directivo o representante autorizado.
Zavaleta sostuvo que para la inscripción en la Sunarp de la renovación de los integrantes de los órganos de gobierno y modificaciones de los estatutos de las OSB ya inscritas en el Registro del Gobierno Local, se requiere que dichos actos se inscriban previamente en la municipalidad para acceder al Registro de Personas Jurídicas, salvo que las normas municipales exijan lo contrario.